Tal cual se estableció en la Sesión del HCD, se transcriben los artículos que refieren a la permanencia en los campos de juego.

Recordatorio Reglas Permanencia en Campo de Juego:

REGLAMENTO GENERAL AFA

ART 75 –  Durante el desarrollo de cualquier partido (interclub, oficial o amistoso, de combinados o internacionales) en la parte circunscripta por el cerco o foso que separe las tribunas y demás lugares destinados al público del campo de juego propiamente dicho, sólo podrán estar los 22 jugadores que disputen el partido y los suplentes autorizados, el técnico, un preparador físico, un médico y un kinesiólogo por cada equipo, los fotógrafos de la prensa debidamente acreditados, el personal de policía uniformado para guardar el orden y una persona con uniforme que tendrá a su cargo el cuidado del acceso de los vestuarios al campo de juego.

Colegio Arbritos (pag 53)

ART 6 – g – No dar comienzo al partido

1- En caso de infracción a lo dispuesto en el ART 75 del Reglamento General. Si la infracción se produjera después de iniciado el partido, deberá suspenderlo hasta que el campo de juego haya sido desalojado por las personas no autorizadas para permanecer en él.  El Arbitro, única autoridad dentro de la cancha, carece de facultad para violar la disposición contenida en el ART 75 y no debe aceptar ninguna indicación u ordenen el sentido de transgredirlo.

REGLAMENTO LIGA RAFAELINA DE FUTBOL

ART 131 – Los clubes afiliados procurarán que en sus estadios los periodistas acreditado, gocen de un espacio para desarrollar sus tareas profesionales.  No obstante ello, es privativo de los Clubes el permitir transmisiones radiales o televisivas de los partidos programados por la Liga y que se realicen en sus campos de juego, cada Entidad puede fijar las condiciones que estime pertinente para tal fin.

XIII DE LOS ARBITROS Y JUECES DE LINEA

Art. 216   f- No dará comienzo el encuentro hasta tanto no estén reunidas las exigencias reglamentarias sobre personas autorizadas a permanecer en el campo de juego.  Si la infracción se produjera en el decurso del partido, lo suspenderá hasta tanto el y/o los infractores hagan abandono del mismo.

REGLAMENTO TRANGRESIONES Y PENAS

ART 91 – Multa de V E 21 a V E 510 al club:

 f – Cuando el árbitro en partido de división superior de cualquier categoría de club debe postergar su iniciación o interrumpirlo por permanencia de mayor número de personas que las reglamentariamente autorizadas para estar en el campo de juego, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de la Liga.  La multa se repite cada vez que se cometa la misma infracción en el encuentro.

ART 94 – Multa de  V E 21 a V E 153, al club responsable de las siguientes infracciones

a- Que sea responsable de la permanencia de mayor número de personas que las reglamentariamente autorizadas para estar dentro del campo de juego, sin que se den las causales previstas en el ART 91, inc. f) de este Reglamento.

Una respuesta a “Recordatorio permanencia en campo de juego”

  1. Oscar j. Olmos dice:

    Falta el ayudante de campo. En esa lista de autorizados.

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