Club

Infractor
Sanción
Artículo/s
UNION
VISETTI BRAIAN
1 PARTIDO
208
IND. ATALIVA
HANSEN GONZALO
1 PARTIDO
208
FLORIDA
HUBELI YONHATAN
1 PARTIDO
208
FLORIDA
PIEDRABUENA DIEGO
2 PARTIDOS
202-220
IND. ATALIVA
RETAMAR SANTIAGO
2 PARTIDOS
202-220
FLORIDA
MARIOTTA DIEGO
3 PARTIDOS
200-220
ATL. RAFAELA
BARBERO AGUSTIN
1 PARTIDO
207

Este Tribunal Resuelve:

1) IND. ATALIVA vs. FLORIDA (1ª División): Correr traslado a ambos clubes para que en el plazo de 5 días presenten su descargo por escrito.-

2) SAN ISIDRO vs. BELGRANO (1ª División): Intimar al Club Belgrano para que en el plazo de 5 días haga efectiva la reparación del daño (Art. 77, 2º llamado de atención).-

3) ARG. HUMBERTO vs. INDEP. SAN CRISTOBAL (1ª División): a- Intimar al Club Indep. San Cristóbal para que en el plazo de 48 hs. haga efectiva la reparación del daño causado (plazo improrrogable). b- Correr traslado al Club Arg. Humberto para que una vez transcurridas las 48 hs. informe si se ha hecha efectiva la reparación del daño (por escrito).-

4) .-

5) .-

6) .-

7) .-

8) .-

9) .-

10) .-

11) .-

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *